Resumen: PRIMERO. - Valoración de la prueba. Calificación jurídica de los hechos.
Resumen: PRIMERO.- La instancia ha dictado sentencia en la que ha estimado la demanda la demanda presentada por la MUTUA ASEPEYO frente aL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la empresa PUNT ROMA S.L. y Dña. Eugenia, y ha declarado que el período de incapacidad temporal iniciado el 28 de febrero de 2017 no deriva de accidente de trabajo sino de enfermedad común, condenando a las demandadas a estar y pasar por tal declaración.